La Conferencia General del Episcopado Latinoamericano, ante los problemas espirituales, sociales y materiales que suscita la inmigración en los Países latinoamericanos, desea destacar de modo particular, por su especial urgencia e interés, las siguientes conclusiones:
90. Corresponde a los Países latino-americanos, como un deber de caridad cristiana, de justicia social y de solidaridad humana, abrir sus puertas a la inmigración.
Los católicos de América Latina deben considerar la inmigración como un problema de familia, ya que la mayoría de los inmigrantes son también católicos, procedentes de Países superpoblados; deben por lo tanto procurar, donde sea necesario, crear un ambiente favorable a la inmigración, tanto entre el pueblo como entre los gobernantes.
91. Ha de ponerse especial cuidado en organizar urgentemente en todos los Países latino-americanos, la Obra de la asistencia espiritual a los inmigrantes, según las normas de la Constitución Apostólica Exsul Familia 66 y las disposiciones concretas que, en cada caso, dé la S.C. Consistorial. En particular:
a) constitúyase donde aún no exista, el «peculiaris coetus seu Commissio Episcopalis pro spirituali emigrantium assistentia» 67 ;
b) desígnense, en cada Nación, sacerdotes especialmente competentes y celosos, que serán presentados a la S.C. Consistorial para su nombramiento de «director operum de emigratione» 68 , y dada la importancia del problema, de cuya recta solución depende el bien de tantas almas, se les dé a dichos sacerdotes toda clase de facilidades que les sean necesarias para el fiel cumplimiento de su cargo;
c) para la asistencia espiritual de los emigrantes, recúrrase a la S.C. Consistorial con el fin de obtener el indulto Apostólico necesario para erigir, donde sea posible, la «paroecia pro diversitate sermonis seu nationis» 69 ; o por lo menos, la «missio cum cura animarum» según las normas de la citada Constitución Apostólica 70 ;
d) celébrese el «Día del emigrante» 71 .
92. Se debe intensificar la asistencia social al inmigrante, por medio de Secretariados de colocación, servicio social, asistencia jurídica y médica, orientación profesional y de acomodación al ambiente, etc.; esta labor podrá facilitarse extendiendo al plan nacional los organismos locales ya existentes.
La Conferencia:
93. Hace votos para que se establezca en todos los Países del litoral la Obra del Apostolado del Mar, bajo la advocación de la Virgen María, «Stella maris».
94. Espera por lo tanto que en esos Países, según las directrices de la Santa Sede, se instituya, en cuanto sea posible y en el caso de que no exista todavía, una Comisión Episcopal del Apostolatus maris.
95. Sugiere que esta Comisión designe un sacerdote que será presentado a la S.C. Consistorial para su nombramiento de Director de los Capellanes del Apostolatus maris y, al mismo tiempo, para que sea adscrito al Secretariado General Internacional de la Obra 72 .
96. Aconseja que se designe un número conveniente de sacerdotes que puedan ser nombrados Capellanes del Apostolatus maris, y que se procure fundar y fomentar en los puertos de mayor tráfico, «clubs» para marineros, que les aseguren una eficaz asistencia religiosa, moral y social.
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